Hasta el siglo XII los pobladores de la montaña eran esencialmente libres, respondiendo solo ante el rey. Esta situación cambió a medida que el poder real se debilitaba frente a la nobleza emergente, la cual intentó imponer su dominio sobre los concejos. Estos últimos consiguieron una victoria inicial en el siglo XIII, al otorgar Alfonso X el Sabio fueros que confirmaban a Omaña, —compuesta entonces por los concejos de Paredes, Traversales, La Lomba de Campestedo y Omaña—
Luna, Babia, Laciana y otros como dependientes tan solo del poder real. Aunque monarcas posteriores otorgaron el
gobierno de estos territorio a varios señores —por ejemplo, Alfonso XI se lo concedió a su hijo bastardo, luego Enrique II, el cual se lo cedió a Ruy Pérez Ponce—, los concejos seguían disfrutando de ciertos privilegios y autonomía jurídica, hasta que el primer conde de Luna, Don Diego Fernández de Quiñones se apoderó de ellos por la fuerza.
El conde de Luna impuso prestaciones abusivas a los vecinos, incluyendo el pago del «pan del cuarto» consistente en la cuarta parte del grano producido por los campos cultivados. Los concejos omañeses de Traversales, la Lomba de Campestedo y Omaña —al que se había incorporado por aquel entonces Paredes— iniciaron una serie de pleitos que acabaron en 1526 mediante una sentencia de la Chancillería de
Valladolid confirmando el señorío de los Condes de Luna, pero rebajando el fuero concedido a estos a 10 maravedíes y medio por vecino. El concejo de Villamor de Riello, que no participó en los pleitos, siguió pagando el pan del cuarto; este derivó al paso del tiempo en un pago fijo de ciento cuatro cargas de centeno repartidas entre los pueblos integrantes del concejo. En el siglo XIX el resto de los municipios de Omaña quedaron libres de toda prestación a los condes de Luna, excepto en el caso de Villamor: la casa de Luna logró vender sus derechos a particulares, los cuales inscribieron el gravamen en el registro de propiedad de Murias de Paredes en 1914 sin que los titulares fueran informados, en infracción de las leyes vigentes. En 1931, durante la Segunda República las Cortes constituyentes anularon este último vestigio del feudalismo gracias a la intervención del notario Vicente Flórez de Quiñones.