Elo, la Seguridad Social siempre la han tenido, lo mismo que el accidente laboral, el cual están obligados a contratar, lo del paro creo que efectivamente es como dice Mariela, que mi mujer fue autónoma y desde luego que eran muchos los tramites que hay que hacer para poder llegar a cobrarlo, ella no tuvo acceso a ello, pues traspasó el negocio, en ese caso no tenia derecho pues no podia justificar perdidas y cese de actividad por ruina, pero para tener derecho a cobrar paro, se te incrementa el porcentage de la cuota de autónomo, es decir ya lo pagas por si un dia lo necesitas, en caso que no desees que se te incremente la cuota de autónomo renuncias a la posibilidad de tener paro algún dia.