¿Libertad de expresión? PRISA oculta la condena a España por el caso Gómez de Liaño
En casa del herrero Polanco… Ningún medio de comunicación del Grupo Prisa ha informado este miércoles de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que condena a
En casa del herrero Polanco… Ningún medio de comunicación del Grupo Prisa ha informado este miércoles de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que condena a España porque el Caso Gómez de Liaño, en el que reconoce que el ex juez no tuvo un juicio independiente e imparcial por parte del Tribunal Supremo.
Como juez de instrucción de la Audiencia Nacional, Gómez de Liaño instruyó la querella contra canal Plus y Sogecable por presuntos delitos de estafa, falsedad y apropiación indebida, en relación a los 23.000 millones de pesetas (138.232.784 euros) de fianzas depositadas por los abonados del canal de televisión de pago. En el marco de dicho procedimiento, Gómez de Liaño adoptó varias medidas de carácter cautelar, que algunos de los querellados entendieron como constitutivas de prevaricación por parte del juez, por lo que se querellaron contra él.
Para la Corte de Estrasburgo, la imparcialidad de la Sala del Tribunal Supremo que juzgó a Gómez de Liaño por prevaricación "podía suscitar serias dudas". El argumento es que los tres magistrados que la componían (Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo Zapater y José Manuel Martínez-Pereda y Rodríguez) ya habían intervenido previamente en numerosos actos de instrucción del caso.
Conocida la sentencia que condena al estado de España a indemnizar al demanante con 5.000 euros, ninguno de los medios de de la familia Polanco ha dedicado un minuto a una de las noticias más importantes de este martes.
En casa del herrero Polanco… Ningún medio de comunicación del Grupo Prisa ha informado este miércoles de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que condena a
En casa del herrero Polanco… Ningún medio de comunicación del Grupo Prisa ha informado este miércoles de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que condena a España porque el Caso Gómez de Liaño, en el que reconoce que el ex juez no tuvo un juicio independiente e imparcial por parte del Tribunal Supremo.
Como juez de instrucción de la Audiencia Nacional, Gómez de Liaño instruyó la querella contra canal Plus y Sogecable por presuntos delitos de estafa, falsedad y apropiación indebida, en relación a los 23.000 millones de pesetas (138.232.784 euros) de fianzas depositadas por los abonados del canal de televisión de pago. En el marco de dicho procedimiento, Gómez de Liaño adoptó varias medidas de carácter cautelar, que algunos de los querellados entendieron como constitutivas de prevaricación por parte del juez, por lo que se querellaron contra él.
Para la Corte de Estrasburgo, la imparcialidad de la Sala del Tribunal Supremo que juzgó a Gómez de Liaño por prevaricación "podía suscitar serias dudas". El argumento es que los tres magistrados que la componían (Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo Zapater y José Manuel Martínez-Pereda y Rodríguez) ya habían intervenido previamente en numerosos actos de instrucción del caso.
Conocida la sentencia que condena al estado de España a indemnizar al demanante con 5.000 euros, ninguno de los medios de de la familia Polanco ha dedicado un minuto a una de las noticias más importantes de este martes.