Buenas tardes
Mariela; tienes toda la razón al confirmar que la Constitución nos dice claramente (que: (“Ninguna confesión tendrá carácter estatal”)
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Después, pones un ejemplo, que es el siguiente:
“”Para finalizar se me ocurre ponerte un ejemplo: Cuando haces la declaración de la renta, te permiten destinar el 7% a la iglesia Católica ¿por qué a la Iglesia Católica y no también a la ortodoxa, protestante, budista, judía, hinduísta, islámica, etc...?, ¿Eso te parece de un estado aconfesional? Piensa a ver.....””
Es indudable que es cierto lo que expones, pero pienso, y podría afirmarlo por la lectura que hago de tus escritos, que posees las suficiente calidad de análisis para saber que, mas que un contraste, esta disposición concerniente a la famosa cruz en la declaración de la renta, y que solo favorece a una de las religiones que se practican actualmente en España, es mas bien una aberración, que esta en completo desacuerdo con lo que se dicta en la Constitución que dice textualmente: (“.... mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la iglesia católica y las demás confesiones”).
Otra aberración, a mi modesto juicio, es seguir conservando, a una parte importante del clero de la Iglesia católica con misión castrense, ostentando categorías de oficiales y altos mandos militares, percibiendo sus ingresos con arreglo a la categoría que se le tiene aplicada.
SI NINGUNA CONFESION TIENE TIENE CARACTER ESTATAL, COMO LO CONFIRMA LA CONSTITUCION, ESOS GASTOS SON INUTILES Y PODRIAN SER ELIMINADOS.
UN CORDIAL SALUDO
NOTA; Si este mensaje se publica con retraso es debido a que antes de publicar mis mensajes, “tienen que autorizarlo”.
Mariela; tienes toda la razón al confirmar que la Constitución nos dice claramente (que: (“Ninguna confesión tendrá carácter estatal”)
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Después, pones un ejemplo, que es el siguiente:
“”Para finalizar se me ocurre ponerte un ejemplo: Cuando haces la declaración de la renta, te permiten destinar el 7% a la iglesia Católica ¿por qué a la Iglesia Católica y no también a la ortodoxa, protestante, budista, judía, hinduísta, islámica, etc...?, ¿Eso te parece de un estado aconfesional? Piensa a ver.....””
Es indudable que es cierto lo que expones, pero pienso, y podría afirmarlo por la lectura que hago de tus escritos, que posees las suficiente calidad de análisis para saber que, mas que un contraste, esta disposición concerniente a la famosa cruz en la declaración de la renta, y que solo favorece a una de las religiones que se practican actualmente en España, es mas bien una aberración, que esta en completo desacuerdo con lo que se dicta en la Constitución que dice textualmente: (“.... mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la iglesia católica y las demás confesiones”).
Otra aberración, a mi modesto juicio, es seguir conservando, a una parte importante del clero de la Iglesia católica con misión castrense, ostentando categorías de oficiales y altos mandos militares, percibiendo sus ingresos con arreglo a la categoría que se le tiene aplicada.
SI NINGUNA CONFESION TIENE TIENE CARACTER ESTATAL, COMO LO CONFIRMA LA CONSTITUCION, ESOS GASTOS SON INUTILES Y PODRIAN SER ELIMINADOS.
UN CORDIAL SALUDO
NOTA; Si este mensaje se publica con retraso es debido a que antes de publicar mis mensajes, “tienen que autorizarlo”.