Pitar el himno es un derecho según la Audiencia Nacional
En el año 2009 la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, sentenció que pitar el himno durante la final de la Copa del Rey celebrada en
Valencia en 2009, está amparado por la
libertad de expresión en virtud del principio de intervención mínima. Así lo recuerda, el periodista Antonio Maestre, para el
periódico LA MAREA.
Es decir, pitar el himno no puede considerarse difamatorio, injurioso o calumnioso, ni mucho menos que propugnen el odio nacional o ultraje a la nación.
Un auto de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional consideró en 2009 que pitar el himno de
España está amparado por la libertad de expresión
En este sentido el juez Santiago Pedraz inadmitió a trámite la querella presentada por la Fundación para la Defensa de la Nación
Española (DENAES) que pedía que se juzgara a los instigadores de la pitada por unos delitos de injurias al rey, apología del odio nacional y ultrajes a España. El posterior recurso de la Fundación DENAES fue desestimado por la Audiencia Nacional.