El Supremo absuelve a los neonazis de
Valencia que tenían entre otras armas un lanzagranadas
El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de los miembros del grupo ultra conocido como Frente Antisistema acusados de asociación ilícita, vender armas por
Internet y difundir ideología nazi. A pesar de que en los registros practicados durante la investigación se intervinieron abundantes armas, incluido un lanzagranadas, el alto tribunal ratifica la sentencia de la […]
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El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de los miembros del grupo ultra conocido como Frente Antisistema acusados de asociación ilícita, vender armas por Internet y difundir ideología nazi. A pesar de que en los registros practicados durante la investigación se intervinieron abundantes armas, incluido un lanzagranadas, el alto tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia de Valencia que consideró ilegales las escuchas telefónicas sobre las que se basaron el RESTO de las pesquisas.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, señala que la “protección del sistema
democrático” por parte de los poderes públicos no puede hacerse mediante vías “que desconozcan o lesionen las garantías de los derechos fundamentales”. En este caso, el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. En las conversaciones grabadas algunos acusados hablaban de salir a “cazar” colectivos como “moros” y “guarros” (término con el que en medios ultraderechistas se alude a los antifascistas).
El juez reprocha a la juez instructora y a la
Guardia Civil que la solicitud de intervención de las comunicaciones no contuvo “indicios consistentes”, aparte de afirmaciones de fuentes anónimas, “sobre la vinculación de ninguno de los sospechosos” con las páginas webs desde las que presuntamente se vendían las armas. En el MOMENTO de la petición, las webs parecían, además, estar “inactivas”, señala el magistrado, pese a lo cual se autorizó la interceptación de las conversaciones telefónicas.
La fiscalía y la acusación popular que ejercían partidos como Esquerra Unida y entidades cívicas como el Movimiento contra la Intolerancia argumentaron en sus recursos que la solicitud de la Guardia Civil a la juez para pinchar los teléfonos no SOLO contenía referencias de confidentes policiales sino también “controles operativos”.
El Supremo lo considera, sin embargo, insuficiente. Y lamenta que en la petición a la magistrada instructora no “se precisa en qué consisten los controles operativos, denominación bajo la cual caben multitud de acciones”, como el seguimiento de los sospechosos.
En las horas de grabación que efectuó la Guardia Civil algunos acusados fueron captados encargando cajas de munición del calibre 22 y comentando el “palizón” que habían propinado a un “punkarra asqueroso”. En los registros de la llamada Operación Panzer, lanzada en 2005, se intervino propaganda que negaba el holocausto judío, pistolas, rifles, munición de mortero y armas blancas, incluidos algunos puñales con el emblema de las SS.
Entre los 16 acusados que se sentaron en el banquillo durante el juicio se encontraba un concejal del partido
España 2000 en el municipio valenciano de Silla, Pedro Cuevas, condenado por matar en 1993 al joven antifascista Guillem Agulló, dos
militares y un atleta paralímpico que participó en las Olimpiadas de Pekín.