IBERIA. De acuerdo. Pero el punto C tiene varias modificaciones...

Veamos, la protección social en España se articula en torno a un Régimen General de la S. S. y varios regímenes especiales, entre ellos el del Mutualismo Administrativo.

Los funcionarios cotizan bajo los mismo parámetros de IRPF que el resto de los trabajadores, simplemente la parte de cotización correspondiente a la empresa corre a cargo de mutuas creadas por el Estado (Muface, Isfas o Mugeju) como representantes del Estado en sí y esas mutuas gestionan también las aportaciones de los funcionarios.

Los afiliados al Mutualismo Admvo., cotizan, como todos los demás que cobran de nómina, TODOS Y CADA UNO de los meses que la perciben, si bien es cierto lo hacen por haberes reguladores por grupo de titulación y no por salarios reales (couta fija, vamos), lo que supone,:

a) Que la cotización por grupo es igual para todos sus componentes, ganes mucho o poco..

b) Que se pagan dos cuotas: una por JUBILACIÓN (Derechos pasivos) y otra por ASISTENCIA SANITARIA (Muface, Mugeju o Isfas, en el Estado), cada mes, excepto los meses de JUNIO y DICBRE, que son DOBLES,.

c) Que, a la hora de la jubilación, la base de la pensión se calcula también sobre haberes reguladores y referida a TODA LA VIDA LABORAL del funcionario, desde el primer día que entra hasta que se jubila (número de años de pertenencia a cada grupo multiplicado por su haber regulador respectivo y dividido entre el total de años cotizados).

d) Que, una vez jubilado, LAS MEDICINAS SE PAGAN EN UN 30% DE SU VALOR (no hay gratis total).

e) Ah! Que los que optan al concierto sanitario, NO TIENEN DERECHO a atención gratuita de la S. S. (incluso los "sin papeles" sí la tienen), por lo que, en caso de necesitarla, les emiten una factura que deben pagar ellos y luego tienen que "rogar" que se la reintegren (lo que, no siempre ocurre, y con más frecuencia de la deseable).

Y además otras circunstancias que vienen a diferenciar los distintos regímenes unas veces en favor de unos y otros veces en favor de otros sin que, en definitiva, pueda decirse que una forma sea mejor que otra.

saludos.

IBERIA. De acuerdo. Pero el punto C tiene varias modificaciones ya que no todos los funcionarios tienen los mismos baremos.
Respuestas ya existentes para el anterior mensaje:
Está perfectamente diferenciado Angel segun las cualificaciones
La cuota mensual para 2014, según el grupo/subgrupo funcionarial al que pertenezca el mutualista, oscila entre 47,86 € y 19,51 € (art. 129 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014).
Leí hace poco que del total de MUFACE
El 67% lo paga el Estado.
El 23% los funcionarios.
El 5% subvencionado.
Otro 3% en otros conceptos que me imagino seran seguros etc
algo me falta pero...
También ponía que del 5,7% para Ss que pagamos todos, el funcionario pagaba el 1,68 % y el resto el Estado.
Saludos. ... (ver texto completo)