Tienes razón. Lo que dicen esos medios de comunicación no puede ser verdad porque es totalmente ilegal que la Junta utilizase el dinero de todos para pagar a esos abogados. Sólamente por eso sé que no es verdad.
Te aseguro que no sé nada más, pero no me lo puedo creer porque sería mas que de tontos hacerlo y mas de tontos todavía acordarlo en el parlamento.
Yo tengo mi idea de la imputación generalizada como responsables de velar por el buen funcionamiento. Creo que debería generalizarse. Creo que en todos los casos debería hacerse pero también sé que es la primera vez que se hace en toda la democracia española y me sorprende.
Es la primera vez que desde el juzgado se juzga responsabilidad política. Siempre se juzga a los corruptos, hasta ahora, no a los que deben velar.
Saludos.
Te aseguro que no sé nada más, pero no me lo puedo creer porque sería mas que de tontos hacerlo y mas de tontos todavía acordarlo en el parlamento.
Yo tengo mi idea de la imputación generalizada como responsables de velar por el buen funcionamiento. Creo que debería generalizarse. Creo que en todos los casos debería hacerse pero también sé que es la primera vez que se hace en toda la democracia española y me sorprende.
Es la primera vez que desde el juzgado se juzga responsabilidad política. Siempre se juzga a los corruptos, hasta ahora, no a los que deben velar.
Saludos.
Existe una norma que regula la asistencia jurídica a las "autoridades y personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía".
Es el Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.
Según la disposición adicional segunda del citado Decreto, "los letrados de la Junta de Andalucía podrán representar y defender a las autoridades y personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea su categoría, en toda clase de procedimientos judiciales que se dirija contra ellos, siempre que se trate de actos u omisiones realizados en el ejercicio de sus cargos cumpliendo el ordenamiento jurídico o las órdenes de sus superiores.
saludos.
Es el Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.
Según la disposición adicional segunda del citado Decreto, "los letrados de la Junta de Andalucía podrán representar y defender a las autoridades y personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea su categoría, en toda clase de procedimientos judiciales que se dirija contra ellos, siempre que se trate de actos u omisiones realizados en el ejercicio de sus cargos cumpliendo el ordenamiento jurídico o las órdenes de sus superiores.
saludos.