>>>>>>>La amnistía fiscal de Montoro fue la tercera de las que se han aprobado en España desde la restauración de la democracia, aunque las dos anteriores tenían sustanciales diferencias. La primera, aprobada en tiempos de Miguel Boyer, en 1985, permitía —ver texto— la emisión de los llamados AFROS (activos financieros con retención en origen) a cambio de una retención muy elevada, del 45%. Como contrapartida, se garantizaba la opacidad fiscal de quienes adquirieran esos títulos.
El segundo instrumento que puso en circulación el primer Gobierno de Felipe González fue la emisión de pagarés del Tesoro que se colocaron entre defraudadores de Hacienda, ya que a cambio de ocultar, igualmente, la identidad de los compradores, se pagaba una remuneración de apenas el 5,5%, muy por debajo de la rentabilidad en operaciones similares.
Pasados los años, y como había que 'blanquear' en algún momento aquellas amnistías, el Gobierno de González aprovechó la nueva ley del IRPF de 1991 para dar un trato privilegiado a lo suscriptores de aquellos títulos. En concreto, aprobó la creación de una deuda pública especial —así se llamó— que se emitía al descuento, con un rendimiento del 2%, muy por debajo de la rentabilidad de otras emisiones y de la propia inflación. Pero con una triquiñuela jurídica.
El vencimiento de esta emisión —que era cuando se cobraban los rendimientos— sería en 1997, es decir, seis años después de la emisión, con lo que el suscriptor se libraba de una infracción fiscal —o, incluso, penal— debido a que ya había prescrito el delito (cinco años).>>>>>>>>>>>>>
Esto he encontrado en internet, pero que hablen los que tengan información adecuada, yo entiendo muy poco o nada de todas estas cosas.
El segundo instrumento que puso en circulación el primer Gobierno de Felipe González fue la emisión de pagarés del Tesoro que se colocaron entre defraudadores de Hacienda, ya que a cambio de ocultar, igualmente, la identidad de los compradores, se pagaba una remuneración de apenas el 5,5%, muy por debajo de la rentabilidad en operaciones similares.
Pasados los años, y como había que 'blanquear' en algún momento aquellas amnistías, el Gobierno de González aprovechó la nueva ley del IRPF de 1991 para dar un trato privilegiado a lo suscriptores de aquellos títulos. En concreto, aprobó la creación de una deuda pública especial —así se llamó— que se emitía al descuento, con un rendimiento del 2%, muy por debajo de la rentabilidad de otras emisiones y de la propia inflación. Pero con una triquiñuela jurídica.
El vencimiento de esta emisión —que era cuando se cobraban los rendimientos— sería en 1997, es decir, seis años después de la emisión, con lo que el suscriptor se libraba de una infracción fiscal —o, incluso, penal— debido a que ya había prescrito el delito (cinco años).>>>>>>>>>>>>>
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