ABC PREMIUM.
Las expropiaciones de Baleares, sin precedentes en el resto de democracias europeas.
R. S.
Las expropiaciones de Baleares, sin precedentes en el resto de democracias europeas.
R. S.
Lo malo es que se extienda la okupacion y que sea legal.
Habrá que aplicar la ley antiocupa, previo pago para echar a los okupas.
Habrá que aplicar la ley antiocupa, previo pago para echar a los okupas.
El allanamiento de morada siempre estuvo castigado, no se que habrá pasado con esa ley, y si la derogaron, quien lo hizo.
El caso, es que es un sin sentido, que te puedan quitar "TU" casa, en muchos casos el esfuerzo de toda una vida, y no poder hacer nada, encima pagarles luz agua y resto de suministros, demencial.
El caso, es que es un sin sentido, que te puedan quitar "TU" casa, en muchos casos el esfuerzo de toda una vida, y no poder hacer nada, encima pagarles luz agua y resto de suministros, demencial.
El allanamiento de morada sigue estando castigado.
El artículo 202 del Código Penal define como allanamiento de morada la entrada en morada ajena o el mantenimiento en la misma contra la voluntad de su morador.
Es decir, existen dos conductas que pueden constituir un delito de allanamiento de morada:
La entrada sin consentimiento.
El mantenimiento en el interior de la morada o domicilio contra la voluntad del titular.
Además, el CP determina una mayor gravedad de la conducta cuando para realizarla se emplea violencia o intimidación.
El artículo 202 del Código Penal define como allanamiento de morada la entrada en morada ajena o el mantenimiento en la misma contra la voluntad de su morador.
Es decir, existen dos conductas que pueden constituir un delito de allanamiento de morada:
La entrada sin consentimiento.
El mantenimiento en el interior de la morada o domicilio contra la voluntad del titular.
Además, el CP determina una mayor gravedad de la conducta cuando para realizarla se emplea violencia o intimidación.
Pero en la práctica qué?.